GeneralISMAELLaboral

Fuero de prepensionado

El fuero de prepensionado consiste en que el trabajador no puede ser despedido sin justa causa si tiene la condición de prepensionado, que es el afiliado al que le faltan 3 años o menos para cumplir con los requisitos de edad y semanas para obtener la pensión de vejez.

Prepensionado.

El prepensionado es el afiliado que está próximo a pensionarse, que de acuerdo al decreto 190 de 2003, reglamentario del artículo 12 de la ley 790 de 2002, es a quien le faltan 3 años para cumplir los requisitos, tanto de edad como de pensión.

Por ejemplo, en el caso de los afiliados a Colpensiones deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad (57 años si es mujer o 62 si es hombre)
  • Semanas (1.300 para hombre y 1250 para mujeres)

Se deben cumplir los dos requisitos para ser clasificado como prepensionado.

Por ejemplo, un afiliado con 60 años y 1.200 semanas cotizadas tiene la calidad de prepensionado porque le faltan 2 años para cumplir la edad de pensión, y le faltan 100 semanas por cotizar, que son 2 años.

En cambio, si tiene 58 años y 1.300 semanas no tiene la calidad de prepensionado porque le faltan más de 3 años para cumplir la edad, así que incumple este requisito.

Fuente:https://www.gerencie.com/fuero-de-prepensionado.html